La ley 2015 de 2020 reglamenta la Historia Clínica Interoperable (IHCE),esta tiene como objetivo regular la interoperabilidad de la IHCE por medio dela cual se intercambian datos médicos relevantes, documentos y expedientes clínicos para cualquier paciente colombiano, garantizando la protección y confidencialidad de su información.
¿Qué significa que la IHCE tenga interoperabilidad?
Hace referencia a la capacidad que tienen varias entidades de intercambiar y compartir la información médica relevante de los pacientes deforma simultánea, accediendo a ella de manera fácil y rápida, desde cualquier punto de la red asistencial que la solicite.
¿Quiénes están obligados a crear la Historia Clínica Electrónica Interoperable?
Las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud están obligadas a diligenciar los formatos que dispone el Gobierno Nacional en la plataforma de interoperabilidad.
¿Y sobre la seguridad de los datos?
- Las IPS son responsables de la guardia y custodia delos demás actores de salud involucrados en el marco de interoperabilidad de la historia clínica electrónica.
- Cada persona es titular de su historia clínica electrónica, a la cual también tendrán acceso las IPS con el previo y expreso consentimiento de la persona.
- Está prohibida la divulgación de los datos de cualquier persona consignados en la IHCE.
- Las entidades deberán establecer un plan de seguridad y privacidad de la información, seguridad digital y continuidad de la prestación del servicio.
¿Contenido de la IHCE?
- Deberá contener los datos clínicos relevantes de la persona de forma clara, completa y estandarizada con los más altos niveles de confidencialidad.
- Las personas tienen el derecho a que se le suministre su historia clínica por cualquier medio electrónico por parte de las entidades de salud.
- La información suministrada debe ser autentica.
¿Quién reglamenta y administra la IHCE?
El Ministerio de Salud y Protección Social y el de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones administran el modelo de Interoperabilidad dela Historia Clínica Electrónica y también serán los responsables de la herramienta tecnológica de la plataforma.
Accede al enlace a continuación para leer a profundidad la Ley 2015 de2020 Interoperabilidad de la historia clínica electrónica IHCE. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202015%20DEL%2031%20DE%20ENERO%20DE%202020.pdf (Accedido en octubre de 2021).
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